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NORMATIVA

NORMATIVA EN TRIBUTACION MUNICIPAL

Te presentamos la normativa vigente a favor del contribuyente

ORDENANZA MUNICIPAL

Una Ordenanza es un acto normativo a través del cual se expresa el Concejo Municipal para el gobierno de su respectiva sección de provincia en temas que revisten interés general y permanente para la población y cuya aplicación y cumplimiento es de carácter obligatorio desde su publicación.                                                              Se aprueban por mayoría absoluta de los miembros presentes del concejo municipal, excepto en aquellas que en ciertas materias o por mandato de la Constitución Política del Estado y otras leyes requieren de un número mayor de votos para su aprobación.

Son promulgadas por el Alcalde/alcaldesa municipal en un plazo no mayor a 10 días calendarios siguientes a su recepción, en caso de no ser observada por esta autoridad. Si el alcalde/alcaldesa municipal no la hubiera promulgado en el plazo antes señalado, se produce el silencio administrativo positivo, que dará lugar a que el Concejo Municipal promulgue dicha ordenanza municipal.                  En caso de ser observada una ordenanza municipal por el Alcalde/alcaldesa, el concejo municipal ratificará la misma o la modificará incorporando la observación, debiendo aprobar la decisión por dos tercios de votos del total de los concejales.            La reconsideración de una ordenanza municipal se produce por dos tercios de la votación del concejo municipal.                                        Toda ordenanza municipal se encuentra vigente mientras no sea derogada o abrogada, no existiendo la figura de declaratoria de desuso de dicha norma.  

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

El TUPA (Texto Único de Procedimientos Administrativos) es un documento de gestión que contiene toda la información relacionada a la tramitación de procedimientos que los administrados realizan ante sus distintas dependencias.

No obstante, ¿Quién Elabora El Tupa?

La conducción del proceso de elaboración y/o modificación del TUPA en las entidades de la Administración Pública se encuentra a cargo del Secretario General, Gerente General o quien haga sus veces, de conformidad con la normativa que regula su organización y estructura.

¿Dónde se paga el TUPA?                                                                        Los pagos por concepto de tramites (TUPA) puedes realizarlos de manera presencial en cualquiera de las ventanillas de CAJA de la MUNICIPALIDAD DEL CUSCO

Galerías Turísticas – Av sol 103

Oficina de Rentas -calle Pampa del castillo Nº 126

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